Notificación Sanitaria

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Se entiende por Notificación Sanitaria Obligatoria la comunicación en la cual se informa a las Autoridades Nacionales Competentes, bajo declaración jurada, que un producto cosmético, producto de higiene doméstica o producto absorbente de higiene personal, será comercializado en el país por el interesado y dicha comercialización deberá ser posterior a la fecha de asignación del código por parte de la Autoridad Nacional Competente del país miembro donde se realiza la notificación.

“Si deseas comercializar productos en el Ecuador que incidan, es fundamental conocer si requieren notificación sanitaria.”

¿Qué productos requieren Notificación Sanitaria?

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Principales requisitos para la obtención de la Notificación Sanitaria

  • Permiso de funcionamiento
  • Descripción e interpretación del código de lote.
  • Diseño de etiqueta o rótulo del o los productos.
  • Especificaciones físicas y químicas del material de envase, bajo cualquier formato emitido por el fabricante o distribuidor.
  • Descripción general del proceso de elaboración del producto.
  • En caso de maquila, declaración del titular de la notificación obligatoria.
  • Para productos orgánicos se presentará la Certificación otorgada por la Autoridad competente correspondiente.
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